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Cierre del año fiscal 2023 – Impuesto a las Ganancias

Tal como indica la normativa vigente en materia tributaria, durante todo el año fiscal 2023 se tomaron en cuenta las deducciones declaradas por cada colaborador a través del Formulario 572 WEB, oportunamente pedidas al comienzo del período.

Para poder realizar la liquidación de cierre del año fiscal 2023, solicitamos verificar si la información consignada en dicha ocasión es correcta o si por el contrario es necesario gestionar rectificativas.

En tal caso, las mismas deberán realizarse a través de una nueva presentación del Formulario 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) – Trabajador”.

Esta presentación rectificativa se recepcionará hasta el 31/03/2024 sin excepción, y una vez realizado el cierre del período fiscal, no podrán realizarse cambios en las mencionadas declaraciones.

Comienzo de un nuevo período fiscal: 2024

Se encuentra habilitado el Servicio SIRADIG – Trabajador para la carga del Formulario 572 web correspondiente al período fiscal 2024.

A tal efecto se comunica que la retención del Impuesto a las Ganancias para aquellos agentes que perciban sus haberes a partir del 01 de enero de 2024 se determinará por la aplicación del Régimen de Impuesto Cedular sobre mayores ingresos según la Ley Nº 27.725.

Los criterios de aplicación detallados por la Administración Federal de Ingresos Públicos son los siguientes:

  • Aplica a los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados con mayores ingresos.
  • El mínimo no imponible a hoy equivale a 15 salarios mínimos vitales y móviles
  • No admite ningún tipo de deducción ni desgravación, excepto el servicio doméstico que podrá informarse a través del F572.
  • Los casos de pluriempleo se deberán informar a través del mismo formulario sólo deberá actuar como agente de retención el empleador que abone la mayor remuneración y a este empleador deberán enviar el F572 WEB.

Destacamos que para su presentación se deberá seleccionar el Régimen CEDULAR – Mayores Ingresos.

Recordar enviar este F572 WEB a  “Asociación Argentina de Enseñanza Andrés Coindre”:

CUIT Nº 30-52896785-6

Para obtener información sobre como confeccionar y enviar DDJJ SIRADIG TRABAJADOR (F572 WEB), puede ingresar a los siguientes links de la página oficial de AFIP:

https://www.afip.gob.ar/572Web/

https://www.afip.gob.ar/572Web/ayuda/guias.asp

 

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