Impuesto a las Ganancias y aguinaldo: ¿Cómo se calcula?
En primer lugar, cabe resaltar que el actual mínimo no imponible de Ganancias no se modifica, por lo que este se mantiene en $ 506.230 brutos.
Todo aquel que, incluyendo el pago del SAC, no alcance el monto de $ 880.000 brutos en junio, estará exento del gravamen sobre el SAC1ero
La modificación implica que “ahora el empleado que tiene un salario de hasta $ 880.000 tendrá exento el aguinaldo hasta la suma de $ 440.000“
De esta forma, cambia el cálculo del Impuesto a las Ganancias sobre el aguinaldo gracias a esta modificación, se trata de “un beneficio extraordinario por única vez”
Es por esto que, para aplicar el nuevo beneficio, se hará una devolución de lo retenido a estos trabajadores en los últimos seis meses.
Este desembolso será “en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio“
Aquellos a los que les corresponda la mencionada devolución, informamos que la misma se expondrá en el recibo de sueldo con la leyenda “Exención Gcias.SAC”
Para más Información ingresar al sitio oficial: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-5374-2023-385374/texto
SECTOR LIQUIDACIÓN